Nuevo enfoque jurisprudencial sobre el alcance de la responsabilidad civil en el delito de abandono de familia por impago de pensiones
No obstante, se va abriendo paso una nueva corriente jurisprudencial conforme a la cual ha de entenderse que el impago de las cuotas de amortización de la carga hipotecaria que pesa sobre la vivienda familiar también constituye un delito de abandono de familia del artículo 227 del Código Penal, si bien se exige que concurran determinados requisitos para que pueda estimarse cometida la infracción, que pueden sintetizarse en la circunstancia de que la vivienda gravada por la hipoteca sea la única de la que dispongan el excónyuge y los hijos comunes para satisfacer su necesidad de morada, de manera que el impago del préstamo bancario podría conllevar la pérdida de un bien tan indispensable.
En consecuencia, esta novedosa tendencia jurisprudencial en la interpretación del tipo previsto y penado en el artículo 227 del Código Penal permite que la responsabilidad civil, en caso de condena, comprenda no sólo las prestaciones económicas relativas a la obligación alimenticia en sentido esctricto, sino que se extienda a otras que tienen un carácter asistencial análogo, de forma que en vía penal pueda obtenerse una más amplia reparación del daño causado.